20 de Mayo de 2012
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Hacienda está a punto de perder casos multimillonarios en la justicia
   Economía
06 de Febrero de 2012

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En la Corte Suprema de Justicia están pendientes de resolución numerosas demandas presentadas contra el Ministerio de Hacienda por las empresas que operan bajo el régimen de SAECA (sociedad anónima emisora de capital abierto). El fallo del Tribunal de Cuentas favoreció a las empresas. Un revés en la máxima instancia obligará al fisco a pagar millonarias sumas.

De acuerdo a los expedientes que están  a consideración de la Corte Suprema, las compañías piden que se les cobre un impuesto menor, tal como lo establece la ley creada para promover el mercado de valores en el país.

Las demandas fueron efectuadas por numerosas empresas porque consideran que Hacienda pretende que la firmas que gozan de beneficios fiscales paguen más que aquellas que no tienen ningún beneficio.

El Tribunal de Cuentas el año pasado falló a favor de las empresas, pero la cartera fiscal recurrió esta determinación ante la máxima instancia judicial y esta aún no se expidió sobre el punto.

Los afectados sostienen que para promover la formación de un mercado de capitales en nuestro país y estimular a que los particulares ahorren e inviertan en las sociedades de capital, el Estado acordó por ley beneficios fiscales a las empresas conocidas como saecas, y uno de estos beneficios fue la reducción de la tasa del impuesto a la renta, la que en algunos casos fue del 50%.

Explican que muchos fueron los particulares y empresas que apostaron a invertir sus ahorros a través de los mercados de capitales nacionales, lo cual contribuyó a lograr los objetivos esperados en la ley, creándose un mercado  que hoy se encuentra captando el ahorro y rentas nacionales.

La Ley de Adecuación Fiscal, por su parte,  tuvo entre sus objetivos reducir sustancialmente la tasa del impuesto a la renta, del 30% al 20% para el primer año y luego a 10%. A cambio derogó los beneficios fiscales. Sin embargo, agregan, que de una manera clara dispuso que los beneficios fiscales acordados debían ser respetados.

El Ministerio de Hacienda  interpretó que el beneficio fiscal para las SAECAS era efectivamente una reducción del 50%, pero de la tasa impositiva anterior a la Ley de Adecuación Fiscal. En estas condiciones debían pagar  la tasa de 15% cuando que las empresas sin beneficio fiscal solo pagan una tasa del 10%.

A criterio de las empresas afectadas, Hacienda con esta interpretación paradojal transformó un beneficio fiscal en un perjuicio fiscal.

La cartera insiste en sostener ante la Corte el criterio que una empresa que no tenía beneficios fiscales estaba en mejor situación impositiva que una empresa que gozaba de los beneficios fiscales. Expresa que estas posturas inexplicables  son las que motivan una reacción adversa por parte de la ciudadanía. Agrega que al ratificarse Hacienda en una postura indefendible se expone a pagar las costas judiciales y a  devolver los tributos pagados en forma indebida, lo que significará sumas multimillonarias.

Si, por el contrario, logra hacer prevalecer su antojadiza interpretación, habrá logrado generar más inseguridad jurídica, ya que un “beneficio” termina transformándose en “perjuicio”.

Mercado de valores

La Ley N° 1248/98 de mercado de valores dispone en su artículo 236 un régimen tributario especial,  que consiste en el pago del 50% del impuesto a la renta para ejercicios fiscales cerrados, cualquiera sea la tasa establecida, siempre y cuando abran su capital en la forma dispuesta en el artículo 234, según señala parte de los argumentos expuestos por las empresas ante la justicia.

Fuente: ABC Digital  

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